Entre Ríos promulgó la Ley de "Alcohol Cero" para conductores

La Cámara de Senadores de la provincia dio sanción definitiva al proyecto de ley que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una tasa de alcoholemia superior a cero, con la intención de disminuir los accidentes viales.

En el marco de la 19.° sesión ordinaria del 137 período legislativo, la Cámara de Senadores de la provincia de Entre Ríos aprobó la modificación del artículo 1 de la Ley N.° 10.025; por lo que dio sanción definitiva al proyecto de ley que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una tasa de alcoholemia superior a cero, con la intención de disminuir los accidentes viales.

Esta modificación prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero (0) gramos por un mil (1.000) centímetros cúbicos de sangre e implementa el ''Programa Alcoholemia Cero'', con el objeto de disminuir el número de siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol.

El senador por el departamento Concordia, Angel Giano expresó que ‘’la modificación del artículo primero de la ley 10.025 prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una tasa de alcoholemia superior a cero. Es un proyecto que hemos decidido tratar por unanimidad atentos a que la causa de la mayoría de los accidentes tiene que ver con la ingesta de alcohol’’, sostuvo y agregó que es una ley que tiene como objetivo la prevención, destacando la importancia de que en otros países leyes similares han producido una reducción de 28% de los accidentes de tránsito.

La normativa establece que "queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero gramos por un mil centímetros cúbicos de sangre", y se advierte que "todos los conductores de vehículos se encuentran obligados a someterse a las pruebas que la reglamentación de la presente establezca para la detección de posibles intoxicaciones por alcohol".

Asimismo destaca que la autoridad de aplicación de la ley será la Policía de la provincia de Entre Ríos u otro organismo que el Poder Ejecutivo determine, como así también los juzgados de faltas municipales, cuando la infracción sea detectada dentro de esas jurisdicciones.

Diarios Argentinos