Aborto legal: cuando las creencias arrasan con los derechos

En Argentina, el aborto es legal por causales desde 1921. Los casos de nenas de 11 y 12 años violadas a las que se les aplaza la interrupción del embarazo reavivaron la polémica. ¿Cuándo es legal acceder a un aborto? ¿Por qué la resistencia?

“Quiero que me saquen esto que me puso adentro el viejo”, aseguraron que dijo la nena de 11 años que fue violada por la pareja de su abuela y que está internada en el Hospital de Tucumán.

Se lo dijo a la psicóloga que la está atendiendo y, según publicó Página 12, consta en la historia clínica de la menor. El embarazo fue detectado el 23 de enero  en un Centro de Atención Primaria de la Salud de la localidad de Siete de Abril y el 31 de enero fue derivada al Hospital del Este Eva Perón, de la capital provincial.



Entonces, ¿por qué demoran su derecho a realizarse un aborto? Desde la Secretaría de Salud provincial sostienen que la familia de la menor no solicitó la interrupción legal del embarazo (ILE), declaración que fue desmentida por la abogada especialista en temas de género Soledad Deza que en conferencia de prensa denunció que se trata de una maniobra del Sistema Provincial de Salud y que el pedido existe.  

Lo mismo sucedió con la nena de 12 años que fue violada en Jujuy y a la que no le realizaron un aborto sino una cesárea (por el avanzado estado de su embarazo) para intentar salvar al feto. En ambos casos, organismos y agrupaciones denunciaron que los funcionarios a cargo de las carteras de Salud y los directores de los nosocomios se habían declarado “provida” y que esta era la razón por la que las niñas no accedían a un aborto legal.

En Argentina, y desde 1921, toda persona con capacidad de gestar tiene derecho a solicitar una interrupción legal del embarazo:

- Si representa un riesgo para la vida de la persona gestante y este peligro no pueda ser evitado por otros medios.

-Si es producto de una violación.

Esto fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2012, a través del fallo F.A.L. que, además, estableció que los médicos en ningún caso deben solicitar autorización judicial para realizar la intervención (en el caso de la nena de Tucumán una fiscal actuó de oficio para buscar un defensor al “no nacido”) sino que basta con la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es consecuencia de una violación.

Entonces, ¿por qué se demoran las intervenciones? Muchas veces, porque en los Hospitales no hay médicos que accedan a realizar la ILE.

La objeción de conciencia (que significa que los profesionales de la salud tienen la posibilidad de negarse a proporcionar ciertos servicios por considerarlos contrarios a sus convicciones personales) está contemplada en el Protocolo ILE (Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo), publicado en 2015, pero con un límite: solo los médicos pueden ser objetores, y siempre y cuando no se traduzca en la dilación, retardo o impedimento para el acceso a esta práctica médica. El profesional objetor de conciencia debe notificar su voluntad por escrito, y de manera previa, y derivar a otro profesional que garantice su realización. En caso de emergencia, deberá realizarlo. 

Las instituciones de la salud, por el contrario, deben garantizar su realización en las causales previstas y los profesionales no podrán excusarse de intervenir en caso de que la mujer o persona gestante requiera atención médica inmediata e impostergable.

El problema radica en que, en muchas instituciones, la mayor parte de los profesionales son objetores. Cuando esto sucede, como es de esperar, los abortos se dilatan o directamente no pueden realizarse.

La objeción de conciencia, en ciertos casos, es una herramienta de los profesionales para protegerse de conflictos legales. La legalización del aborto va a traer mayor aceptación, menos persecución y menor margen para que actores externos, como son los autodenominados “provida”,  modifiquen las decisiones. 

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