Producción: ¿cómo es el plan del Gobierno para asistir a pymes y trabajadores?

Busca dar apoyo a las pequeñas y medianas empresas que disminuyeron su actividad por la pandemia. Incluye, entre otras cosas, la postergación del 95% de las contribuciones patronales.

El Gobierno nacioanl estableciónla creación de un programa de asistencia de emergencia para apoyar a empleadores y trabajadores de micro, pequeñas y medianas empresas, afectadas por el cese o disminución de la actividad productiva debido a la pandemia del coronavirus. 

Lo hizo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 332/2020, publicado en un suplemento del Boletín Oficial. El llamado "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción" tiene como objetivo apoyar los emprendimientos que padecen una disminución de su producción a partir de la pandemia, que impacta en forma “inmediata y aguda a las empresas, particularmente a aquellas micro, pequeñas y medianas”.

Entre otras cosas, la norma prevé "la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino" y una "Asignación Compensatoria al Salario para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados".

Además, a través del Programa de Recuperación Productiva (REPRO), el Gobierno dispuso una asistencia a los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 trabajadores y se especifica que la prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000. Aquellos que superen esa cantidad, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis.

También se implementa un "Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo", destinado a las actividades económicas que "fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan", a quienes cuenten con una "cantidad relevante" de trabajadores contagiados y quienes acrediten una "sustancial reducción en sus ventas" con posterioridad al 20 de marzo de 2020.

"Será competencia del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social modificar la operatoria del Sistema integral de prestaciones por desempleo", y, también, que los empleadores alcanzados por los beneficios "deberán acreditar ante la AFIP, la nómina del personal alcanzado y su afectación a las actividades alcanzadas", detalla el decreto.

La cartera encabezada por Claudio Moroni considerará la información y documentación remitidas por la empresa, y podrá relevar datos adicionales y disponer la realización de visitas de evaluación.

Por su parte, "se encuentran excluidos de los beneficios del presente decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales", la mayoría de ellas vinculadas a la producción y distribución de alimentos.


Será la Jefatura de Gabinete tendrá la facultad de extender la vigencia de las medidas del decreto y definir las actividades económicas afectadas en forma crítica por la emergencia sanitaria.


Según la cantidad de empleados

En el caso de los empleadores de hasta 25 trabajadores, el programa asistirá en un 100% del salario neto, con un valor máximo de un salario mínimo vital y móvil vigente, mientras que a las empresas con 26 a 60 empleados, aplica el mismo aporte con un valor máximo de hasta un 75% del salario mínimo.

Por otra parte, las empresas con plantillas de 61 a 100 personas, la asistencia también abarcará el total del salario neto con un valor máximo de hasta un 50% del salario mínimo.

Otros requisitos para la obtención del Sistema integral de prestaciones por desempleo incluyen tener una cantidad relevante de trabajadores contagiados o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar.


Con información de Télam.



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