Elecciones 2019: ¿cuáles son los diferentes tipos de votos?

Repasamos los distintos tipos de votos. Según el Código Nacional Electoral pueden ser válidos, nulos, recurridos o de identidad impugnada. ¿Conocés la diferencia?

En la previa a las elecciones generales repasamos los distintos tipos de votos. Según el Código Nacional Electoral pueden ser válidos, nulos, recurridos o de identidad impugnada. ¿Conocés la diferencia?



Los votos válidos son aquellos regularmente emitidos y pueden ser afirmativos o en blanco.


¿Cuándo un voto se cuenta como afirmativo?

- Si contiene una boleta oficializada de alguna de las agrupaciones.

- Si la boleta oficializada presenta alguna rotura, tachadura, agregados o sustitución pero el encabezado se encuentra intacto, es decir, que se puede leer correctamente la categoría, nombre de la agrupación y número de lista que se encuentran en la parte superior de la boleta.

- Si hay en el sobre más de una boleta oficializada de la misma agrupación para la misma categoría. ¿Cómo se resuelve? se computa una sola y se descartan las que sobran.

Los votos en blanco se dan cuando hay un sobre vacío, si solo se pone un papel en blanco, o si contiene una boleta oficializada pero le falta alguno de los tramos. Esto último no implica que todo el voto será en blanco sino solo en la categoría para la que no se introdujo ningún candidato.

¿Cuáles son las causas de un voto nulo?

- Si se emite con boletas no oficializadas, por ejemplo una de una elección anterior.

- Si en el sobre junto con la boleta se incluyeron objetos extraños, tal es el caso de una foto, una moneda, etc.

- Si se ponen en el sobre boletas oficializadas de distintas agrupaciones para el mismo cargo.

- Si las boletas oficializadas presentan inscripciones y si no puede leerse la categoría, nombre de la agrupación y número de lista por tachadura o destrucción. La parte superior de la boleta siempre tiene que ser legible y estar completa.

Los votos recurridos y de identidad impugnada son menos frecuentes. En el primer caso su validez o nulidad es cuestionada en el escrutinio de mesa por algún fiscal. Puede ser por algún defecto en la boleta que impida ver de manera completa el nombre de la agrupación o el número de lista. ¿Qué se hace en este caso? Se contabiliza como recurrido y se envía el sobre con el voto a la Junta Electoral para que decida si es afirmativo o nulo.
Los votos de identidad impugnada lo que cuestionan es justamente la identidad de quien se presenta a votar. Pueden solicitar esta calificación el presidente de mesa, su suplente o los fiscales partidarios.

Lo nuevo: implementación del voto comando

A través de la modificación de la Acordada 79/2015 la Cámara Nacional Electoral habilitó este lunes a votar al personal de seguridad designado a la custodia de las urnas, más allá de que no coincida con su domicilio.

Aclaraciones:

El personal de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad solo podrá elegir su candidato para las de presidente y vicepresidente de la Nación.

El agente debe estar incorporado al padrón complementario preimpreso como personal del Comando Electoral.

Cuando concurre a la mesa de votación hay que entregarle un sobre que contiene la inscripción “Voto Comando Electoral”. Este sobre no será abierto ni escrutado en la mesa, se envía a la Junta electoral.


Diarios Argentinos