En medio de la polémica, Rubinstein firmó otra importante resolución

La Secretaría de Salud ordenó la cobertura integral para el tratamiento hormonal de cambio de género. "Esto no constituye un procedimiento estético, sino que se enmarca en el acceso efectivo al derecho a la salud", argumenta el texto.

En medio de la polémica por la actualización del protocolo de interrupción voluntaria del embarazo, la Secretaría de Salud del Gobierno nacional oficializó hoy, a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la cobertura integral de prestaciones básicas esenciales para la realización del tratamiento hormonal de cambio de género.

La resolución 3159/2019 lleva la firma del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, quien ayer generó una fuerte interna dentro de Cambiemos por la renovación del protocolo para el aborto no punible en menores de 15 años, con definiciones más claras e incorporaciones de la jurisprudencia que existe sobre el tema. 

La Ley 26.743 de Identidad de Género, sancionada en 2012, establece en su artículo 11 que se debe garantizar la salud integral de toda persona trans -travestis, transexuales y transgéneros- y el acceso a "intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida", sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

La nueva modificación implementada hoy lo que hace es definir y regular aquellos tratamientos hormonales que tienen por finalidad "cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido", para que la cobertura sea del 100%.

El texto aclara que esas prestaciones "no constituyen un procedimiento estético, sino que se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida", por lo que debe garantizarse a todos los ciudadanos.

Con ese objetivo, la resolución incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) el "Acetato de ciproterona, Testosterona gel, 17ß-estradiol gel, Valerato de estradiol, Espironolactona, Undecanoato de testosterona y triptorelina", con cobertura del cien por ciento tanto en el sistema público como en el sistema privado y de seguridad social.


Resolución cobertura 100% cambio de género by El País Digital on Scribd



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