¿Zoom para educar?

La pandemia es un gran catalizador que profundiza y acelera los procesos de mayor desigualdad.

El sistema educativo argentino casi que no es un sistema por lo fragmentado y segregado que está. Si bien no se puede reemplazar la presencialidad, los docentes damos clases mediante la educación virtual no solo por zoom. Ante todo es un error es que se está intentando adaptar una clase tradicional a una online pese a que las estructuras y lógicas son distintas. Una educación tradicional del tipo presencial que todos estamos acostumbrados no es lo mismo que una formación online

Ahora ¿Los docentes prestadores del Estado? ¿Los docentes emprendedores económicos del Estado? Zoom es un medio, un recurso como Meet, Sype, Edublogs, Classroom, etc.

En el 2021 nos toca continuar viviendo los nuevos embates del flagelo que pusieron al desnudo lo poco que se había hecho en el 2020 en cuanto a obras y dotación de recursos y gestión de ellos en educación. El brote de la pandemia está nuevamente y los cambios en Argentina se están dando a paso de tortuga.

Gracias a los padres y docentes de aula, somos los que estamos sosteniendo el sistema educativo otro año más. Los recursos los estamos poniendo los padres y docentes, algunos padres también somos docentes. Los docentes están haciendo un plus de trabajo, enfrentamos esta situación con todos los niveles de desigualdad que existen en nuestro país, pero además adquirimos habilidades nuevas en un área muy interesante que es la "inclusión digital”, pero esto es por cuenta de los docentes por lo tanto ¿hay inclusión? Educación virtual NO es zoom

Hay muy pocos proyectos nacionales de inclusión educativa para docentes desde lo económico hasta lo sapiencial. No me olvido de los padres que algunos somos docentes y esto también es deficitaria.

Voy a continuación hacer algunas aclaraciones que si valen la pena saber:

El aprendizaje en línea: generalmente entendido como experiencias de aprendizaje proporcionadas a través de una red digital, puede ser autodirigido o dirigido por un instructor, en este caso los docentes que estamos en el aula y puede ser sincrónico (interacciones en vivo) o asincrónico (interacciones transcurridas).

Nuestro mundo se encuentra en una etapa de reconstrucción donde cualquier tipo de aprendizaje es bienvenido, es por eso por lo que temas como estos son relevantes para todas las personas, porque afectarán el futuro de las generaciones actuales.

Educación a distancia: La educación a distancia apareció en el contexto social como una solución a los problemas de cobertura y calidad que aquejaban a un número elevado de personas, quienes deseaban beneficiarse de los avances pedagógicos, científicos y técnicos que habían alcanzado ciertas instituciones Yo creo que es así, por lo tanto, ¿es muy deficitaria en la accesibilidad lo se lo he padecido todos somos testigos? Celebro los avances que hay en varias escuelas, pero esto no es uniforme. Los colegios han abierto sus puertas para que los docentes hagamos nuestro trabajo en ellas con los recursos que tienen las escuelas.

Este modelo instaurado en nuestro país requiere recursos tecnológicos obligatorios, ¿obligatorio? Obligatorio si te dan los recursos económicos a nivel nacional o provincial de acuerdo a lo que tenemos pagar internet, el estado para conectividad a los docentes da $710 se llegó a un acuerdo mediante mucha movilización de los docentes, pero internet en Argentina para educación NO es esencial por lo tanto es muy, muy cara y no puede ser obligatorio, pagan conectividad y eso lo agradezco.

La Provincia de Entre Ríos en su comunicado Nro. 1367 en su artículo 3 dice que los docentes deben asegurar las acciones pedagógicas para el contexto de virtualidad. Ahora si esa inversión es con tus recursos privados, la propiedad privada existe en Argentina esa inversión no es gratis, cuesta y en las familias hay otras prioridades como una computadora o tableta, conexión a internet, el uso de una plataforma multimedia.

Educación remota de emergencia: Este concepto nació a raíz de la crisis mundial en marzo de este año gracias a la COVID-19. La educación se vio ante una situación de extrema dificultad ya que tuvo que adaptar sus métodos en un plazo de tiempo muy corto para poder seguir impartiendo clases a todos sus estudiantes, mis alumnos nunca perdieron. El objetivo principal de este tipo de educación es trasladar los cursos que se habían estado impartiendo presencialmente a un aula remota, virtual, a distancia o en línea.

Datos legales: ¿Qué dice la ley de Educación Nacional Nº 26206 sobre la educación a distancia que es la que yo doy? La misma define la educación a distancia en sus artículos:

ARTÍCULO 104. La Educación a Distancia es una opción pedagógica y didáctica aplicable a distintos niveles y modalidades del sistema educativo nacional, (…)

ARTICULO 105. A los efectos de esta ley, la educación a distancia se define como la opción pedagógica y didáctica donde la relación docente-alumno se encuentra separada en el tiempo y/o en el espacio, durante todo o gran parte del proceso educativo, en el marco de una estrategia pedagógica integral que utiliza soportes materiales y recursos tecnológicos diseñados especialmente para que los/ as alumnos/as alcancen los objetivos de la propuesta educativa.

Por su aporte la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados dio dictamen el año pasado a un proyecto que habilita la enseñanza a distancia en casos excepcionales para todos los niveles del sistema educativo. El texto se tratará en las cámaras y, según advierten, se aprobaría sin mayores dificultades. El proyecto modifica el artículo 109 de la Ley de Educación Nacional (LEN). La norma vigente solo permite sostener estudios a distancia a dos grupos: por un lado, los mayores de 18 años. Por otro, a los alumnos rurales del ciclo orientado del secundario, que no pueden concurrir a la escuela por vivir en aislamiento. Deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad según lo establecen los artículos 80 y 84 de la presente ley; y la adopción de las condiciones de salud y seguridad en el trabajo. Ley de tele trabajo no hay a nivel educativo.

Proyectos de Ley: Educación a Distancia en la Emergencia del COVID-19. Diputado Nacional José Riccardo

Proyecto de Ley: ” asegurar un acceso mínimo a internet para todos aquellos alumnos de la Provincia de Buenos Aires de Laura Aprile

No hay que renunciar a la tarea de inclusión educativa, se debe reforzar la conectividad, la entrega de equipamiento para que esta modalidad educativa no se a un privilegio.

¿No hay fatiga por zoom? Eso, eso es para otro nota.


Sobre la autora

Daniela Leiva Seisdedos es Profesora de Historia. Revista El Arcón de Clío. Seis Premios UBA. Manuales de CDC de Tinta Fresca-Alfaomega. Personalidad destacada de la Educación del HCD de La Plata. Empoderamiento Femenino y Educativo de Invery Crea España.

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